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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula parcialmente el Plan Rector del Parque Nacional
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula parcialmente el Plan Rector del Parque Nacional

Por Redacción MasVive
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redaccionmasvivecom/9/9/17
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado, en una sentencia, parte de los artículos del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, estimando así parcialmente un recurso contencioso administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción y el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA).

Ambas organizaciones ecologistas han mostrado su satisfacción por el fallo judicial “que da la razón a las denuncias sobre la desprotección de la Sierra de Guadarrama”, y han agradecido las donaciones recibidas para hacer frente a los gatos del proceso judicial.

En concreto, en su sentencia del pasado 4 de noviembre la Sección Octava de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anula lo contenido en seis artículos del PRUG en aspectos que afectan a la regulación de la escalada, la regulación de la acampada por encima de la cota de los 2.000 metros, la celebración de pruebas y competiciones masivas en zonas sensibles de la Sierra de Guadarrama, el acceso a caminos y senderos o el cambio de uso de las edificaciones existentes en el interior del Parque Nacional en las Zonas de Uso Especial.

Según explican desde Ecologistas en Acción, este último es una de las cuestiones de mayor transcendencia, “dado que lo que se propiciaba con la redacción anulada es permitir que edificaciones sin uso, antiguos albergues, refugios de montaña o incluso construcciones ganaderas pudieran transformase en negocios de hospedaje y hostelería con la consiguiente degradación que conlleva por la masificación, basuras, contaminación lumínica y acústica, etcétera”.

“Incluso en cuestiones que no han sido estimadas como la petición de la inclusión de la caza como actividad incompatible con los objetivos del Parque Nacional, la sentencia deja claro que es indiferente que no se haga mención expresa a esa actividad porque su incompatibilidad se recoge en normativas de rango superior, como el Plan Director de la Red de Parques Nacionales y la Ley de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama”, señalan Ecologistas y GRAMA en un comunicado.

Ambos colectivos ecologistas han hecho un llamamiento a los representantes académicos y científicos que forman parte del Patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y del Consejo de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid “para que tengan un papel más relevante en los órganos de participación en los que tienen presencia, que sean más críticos ante la administración y que no apoyen documentos que finalmente son anulados parcial o totalmente por la Justicia”. Recuerdan que la Justicia también ha intervenido en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama, anulado parcialmente, o en el caso del Plan de gestión de las poblaciones de cabra montés en el Parque Nacional, también anulado.

Por su parte, fuentes de la Comunidad de Madrid han indicado que “se estudiará a fondo la sentencia”, aunque, recuerdan, la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid “no anula el Plan Rector y por lo tanto sigue vigente”.

Estas mismas fuentes han señalado que la sentencia se refiere “a artículos muy puntuales y menores” que no afectan a la gestión diaria del Parque Nacional, y “que se adaptarán”. Así, por ejemplo, el Tribunal pide “que se añadan más descripciones de los tramos de senda transitables y que clarifiquemos los titulares de las marchas o rutas autorizadas, entre otros”, explican.

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