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La Comunidad de Madrid decreta desde este lunes el cierre perimetral de Colmenarejo y Moralzarzal por el aumento de contagios
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(Foto: Comunidad de Madrid)

La Comunidad de Madrid decreta desde este lunes el cierre perimetral de Colmenarejo y Moralzarzal por el aumento de contagios

Por Redacción MasVive
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redaccionmasvivecom/9/9/17
lunes 05 de abril de 2021, 10:20h
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La Comunidad de Madrid amplía desde este lunes las restricciones de movilidad de entrada y salida, salvo por causa justificada, por el coronavirus a seis nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y tres localidades por el aumento de casos de coronavirus.

El cierre, efectivo desde las 00.00 horas de este lunes 5 de abril y hasta las 00.00 horas del lunes 19 de abril afecta entre otras a las localidades de Moralzarzal (con una incidencia acumulada de 437,59 casos por cada 100.000 habitantes) y Colmenarejo (que tiene una incidencia acumulada de 438,12).

La Dirección General de Salud Pública mantiene los criterios para las limitaciones en estos núcleos de población en un umbral superior a 350 casos por 100.000 habitantes a 14 días, tendencia creciente y transmisión comunitaria.

Asimismo, se mantienen las restricciones hasta el lunes 12 de abril en las zonas básicas de Valle de la Oliva (Majadahonda) y en las localidades de Navacerrada y Villanueva de la Cañada, entre otras.

Por otro lado, la Comunidad de Madrid mantiene la prohibición de las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). En este sentido, la Consejería de Sanidad recuerda que el 80 por ciento de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar y domiciliario.

También continúa la limitación de movilidad nocturna desde las 23.00 horas hasta las 06.00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración puedan permanecer abiertos hasta las 23.00 horas, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22.00 horas.

La Consejería de Sanidad recuerda que sigue siendo obligatorio, dentro de las medidas preventivas para hacer frente al COVID-19, asegurar la ventilación adecuada y permanente de los establecimientos; separación entre los grupos de mesas; que el número de comensales en las terrazas es de un máximo de seis personas por mesa, y de cuatro en el interior de los establecimientos, y que está prohibido el consumo en barra.

Asimismo, reitera la obligatoriedad del uso de mascarilla de forma continuada, tanto en el interior como en la terraza, excepto en el momento concreto de la ingesta de bebida o comida.

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