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¿Qué pasa con las plusvalías municipales?
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¿Qué pasa con las plusvalías municipales?

Por Mabel Cazorla
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Hace años que se habla del posible fin de la plusvalía, o más técnicamente del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que recaudan las administraciones locales y que se se aplica al incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana cuando se produce la transmisión de la propiedad, ya sea por donación o por compraventa.

Desde que en 2017 una sentencia del Tribunal Constitucional declaró que este impuesto no sería exigible cuando no existieran ganancias con la venta de un inmueble, hemos asistido a una cascada de reclamaciones y sentencias.

En 2019 el mismo tribunal determinaba la imposibilidad de que la cuota a satisfacer en virtud de este impuesto fuera superior al incremento patrimonial realmente obtenido por el contribuyente. Ahora, una nueva resolución, conocida el pasado 26 de octubre, determina que sistema objetivo y obligatorio de determinación de la base imponible que se ha utilizado hasta ahora es inconstitucional, “por ser ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y a la crisis económica y, por tanto, al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto y demostrada por el contribuyente, ya que se vulnera el principio de capacidad económica como criterio de imposición”.

Una resolución que ha puesto al ‘borde de un ataque de nervios’ a los más de 8.100 ayuntamientos que hay en nuestro país. Porque después del IBI, la plusvalía es el tributo por el que más recaudan las administraciones locales, para las que en algunos casos puede llegar a superar el 20 por ciento de sus ingresos.

La imposibilidad de contar con esta recaudación, cuando ya se estaba trabajando en los presupuestos para el próximo año, llevó a más de un concejal de Hacienda, ese mismo día, a ‘tirar’ a la basura sus borradores de presupuestos para el próximo año, ante la imposibilidad de hacer una correcta previsión de los ingresos y, por tanto, de los gastos. El hecho de que el Ministerio de Hacienda haya presentado, vía Real Decreto-Ley, una reforma de este tributo, no ha acabado con la incertidumbre con la que trabajan ahora mismo los responsables económicos de los ayuntamientos.

¿Tendré que pagar?

La respuesta corta es: sí. Aunque tras la última sentencia del Constitucional algunos se han precipitado a anunciar el fin de este tributo, el Ministerio de Hacienda ya ha aprobado (entró en vigor el pasado 10 de noviembre) un Real Decreto-Ley con el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a la reciente jurisprudencia del Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Una reforma legal que, aseguran, “garantiza la constitucionalidad del tributo, ofrece seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los Ayuntamientos”, adecuando la base imponible del impuesto a la capacidad económica efectiva del contribuyente.

La nueva norma, explican, “mejora la determinación de la base imponible del tributo para que refleje en todo momento la realidad del mercado inmobiliario y garantiza que los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta de un inmueble estarán exentos de pagar el impuesto”. Se dan dos opciones para calcular lo que hay que pagar, permitiendo aplicar la que sea “mas beneficiosa para el contribuyente”. Así, la base imponible será el resultado de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que tendrán en cuenta la realidad inmobiliaria, o se determinará por la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición (plusvalía real).

Los coeficientes que se aplicarán los podrán fijar los ayuntamiento sobre un máximo, fijado por el Ministerio y que se revisará anualmente, que varía en función del número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble. Esos coeficientes van del 0,14 para periodos inferiores a un año hasta el 0,45 para periodos iguales o superiores a un año. Se reconoce, además, la posibilidad de que los ayuntamientos, a los solos efectos de este impuesto, corrijan hasta un 15 por ciento a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización, lo que consideran que “garantiza que el tributo se adapte a la realidad inmobiliaria de cada municipio”.

Las novedades incluyen, además, la referida al hecho de que no se deberá pagar plusvalía cuando se constate, a instancia del contribuyente, que no se ha obtenido un incremento de valor en la compraventa, el hecho de que se gravarán las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año “y que, por tanto, pueden tener un carácter más especulativo”, afirman.

Los ayuntamientos

Los ayuntamientos tienen ahora un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley para adecuar sus normativas al nuevo marco legal. El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha hecho una estimación y calcula que las administraciones locales perderán un mínimo de 78 millones anuales con esta nueva regulación.

Hablan de un ‘agujero’, en 35 capitales y ciudades de más de 150.000 habitantes, que superará el 20 por ciento de los ingresos por este tributo, y han pedido al Ministerio que elabore una herramienta informática que facilite a los ayuntamientos más pequeños adaptar sus ordenanzas fiscales mediante una simulación de las ventas históricas de inmuebles situados en el término municipal, a la vista de las diferencias recaudatorias entre municipios.

Algunos ya han hecho los primeros cálculos, explica la concejal de Hacienda de Torrelodones, Ana Núñez, y la cosa no pinta bien para las arcas municipales. “Hemos hecho muestreos con algunos ejemplos reales, escogidos al azar, y con el nuevo impuesto la plusvalía supone un 20 por ciento de lo que hubiera sido con el anterior sistema”, explica. Torrelodones tenía una previsión de ingresos por plusvalías para 2022 de 4,3 millones de euros, un 16 por ciento del presupuesto.

“Si eso se te pasa con la mayoría de casos, sabes que vas a tener un 20 por ciento de lo que tenías por plusvalía en años anteriores. Pero eso no lo podemos saber hasta que no veamos dónde va el grueso de las ventas, en qué tramo de años, porque en los primeros años sube mucho el coeficiente, y luego baja bastante”, explica. Creen que van a necesitar al menos un año de referencia, para ver cómo se comporta el impuesto. De momento, han renunciado a elaborar unos prepuestos para 2022, se prorrogarán los de este año. Además, considera que todo este asunto debería llevar a una reflexión profunda acerca del modelo de financiación y gestión de las Haciendas locales.

En el caso de Collado Villalba, las plusvalías, asegura la concejal de Hacienda, Yolanda Martínez, suponen en torno al 12 por ciento del presupuesto municipal, unos 4 millones de euros. Este cambio normativo “condiciona el presupuesto, condiciona los servicios municipales, porque hay que seguir prestándolos sí o sí”, señala la concejala de Hacienda, Yolanda Martínez, quien considera que la reforma se ha hecho “de forma muy rápida” y bajo una figura, la de Decreto-Ley, que puede crear problemas a futuro.

Martínez también prevé un considerable descenso de los ingresos por este tributo en el futuro. De momento, su borrador de presupuestos también se fue “a la papelera” el pasado 26 de octubre. “Los porcentajes han variado y la recaudación va a ser menor, prácticamente seguro. Donde antes se cobraban 7.000 euros en algunos casos, ahora serán 1.500 euros… estamos haciendo estimaciones sobre qué porcentaje vamos a perder en esta recaudación”, indica Martínez, quien considera que “el Gobierno debería compensar a los ayuntamientos por las pérdidas que vamos a tener y ayudarnos, algo que no han hecho ni supongo que harán”.

En el caso de Hoyo de Manzanares, explica la responsable de Hacienda, María Jesús Cimadevilla, las plusvalías también suponen entre el 12 y el 13 por ciento del presupuesto municipal, que está en torno a los 9 millones de euros. “Tenemos que ver como queda el nuevo impuesto, tenemos seis meses para adaptarnos a la normativa”, explica Cimadevilla. “Los presupuestos se han paralizado, pero no pensábamos que la solución iba a llegar tan rápido, pensábamos que llegaría en diciembre”. Tienen que volver a hacer la previsión de ingresos, explica la responsable de la Hacienda hoyense, pero su intención es seguir adelante y aprobar presupuestos para el próximo año, aunque estos cambios normativos supongan un retraso en su elaboración. “Vamos a intentar tenerlos antes de final de año, estamos a mediados de noviembre y los teníamos prácticamente hechos, queda sólo retocar la plusvalía con lo que dice el Ministerio”.

En cualquier caso, Cimadevilla valora positivamente que la sentencia del Constitucional de por firmes las autoliquidaciones de los últimos cuatro años y cierre la puerta a que se reclamen esas cantidades. “Habría sido un gran problema para los ayuntamientos, un desastre” si hubiera que devolver los últimos cuatro años de cobros por este impuesto.

El debate, en cualquier caso, continúa y tiene que ver con la financiación de las administraciones locales. “Tenemos que darnos cuenta de que, para poder mantener una serie de servicios, no sólo los esenciales como la limpieza viaria o las basuras, sino todos aquellos que nos demandan los vecinos en materia deportiva, cultural, medioambiental… es necesario generar unos ingresos y que lleguen fuentes de financiación adecuadas”, reflexiona el alcalde de Moralzarzal, Juan Carlos Rodríguez Osuna.

“A través de la FEMP se ha hecho un llamamiento al Ministerio de Hacienda que tiene que ver con una financiación adecuada de los municipios, más allá de arreglar este impuesto de las plusvalías. Somos los que estamos más cerca de los ciudadanos y tenemos una capacidad de gestión enorme. Necesitamos esa reforma de la financiación. Ya es hora, desde luego”, indica.

Los contribuyentes

La nueva plusvalía no ha sido bien recibida en muchos ámbitos. Desde la Asociación de Usuarios Financieros, ASUFIN, que representa a muchos ciudadanos en sus reclamaciones por el cobro de este tributo, aseguran que “nace mal”, como un Real Decreto-Ley que podría ser derribado por el Constitucional porque “lo que el Gobierno está regulando es la esencia del impuesto”.

Pero sobre todo, han cargado contra la última sentencia del Tribunal Constitucional, porque cierra la puerta a las reclamaciones de los contribuyentes. Antes de conocer el texto completo de la sentencia, se hablaba de la posibilidad de que se pudieran reclamar las liquidaciones de los últimos 4 años, pero esa posibilidad se ha desvanecido al declarar la ‘no retroactividad’ de la sentencia. Desde ASUFIN lo consideran “inadmisible” y creen que “podría ser tumbada por Europa, como ha sucedió con el fallo del Supremo relativo a la cláusula suelo”.

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