La primera fecha marcada en este calendario es la del 1 de abril, cuando comienza el periodo de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de terrenos de uso público local –en la que están incluidos los cajeros automáticos con frente a la vía pública-, y la Tasa por Entrada de Vehículos a Través de las Aceras, los conocidos como vados. El periodo se cierra en los tres casos a fecha de 31 de mayo, estando incluidos tanto el día de inicio como el de finalización en el periodo.
El último paquete de rebajas fiscales puesto en marcha supone la ampliación hasta el máximo legal permitido de las bonificaciones para los vehículos menos contaminantes. Así, los vehículos con distintivo 0 Emisiones y los vehículos con distintivo ECO contarán con una bonificación del 75 por ciento en este tributo.
Pago del Impuesto de Bienes Inmuebles
El periodo para liquidar de forma voluntaria el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en sus tres modalidades – Inmuebles de Naturaleza Urbana, Inmuebles de Naturaleza Rústica eInmuebles de Características Especiales- se abre por su parte el día 1 de septiembre y finaliza el 30 de noviembre, ambos incluidos.
En lo que se refiere a este impuesto, se ha rebajado el tipo de gravamen para las diferentes tipologías de los bienes inmuebles de naturaleza urbana: Industrial, cuyo valor exceda de 645.000 euros baja de 0,482 por ciento a 0,45 por ciento; Comercial, cuyo valor exceda de 300.000 euros baja de 0,482 por ciento a 0,45 por ciento; Oficinas, cuyo valor exceda de 370.000 euros baja de 0,482 por ciento a 0,45 por ciento; y Ocio y Hostelería, cuyo valor exceda de 565.000 euros baja de 0,482 por ciento a 0,45 por ciento.
Además, el nuevo texto recoge un aumento de la bonificación en el IBI para las familias numerosas, para lo que además se eliminan los límites en el valor catastral con el objetivo de que todas las familias numerosas del municipio puedan acceder a estas bonificaciones. La bonificación pasa del 50 por ciento al 70 por ciento para la categoría general (3 hijos) y del 70 por ciento al 90 por ciento para la categoría especial (más de 3 hijos).
El plazo para solicitar estos descuentos en el IBI para familias numerosas finaliza el 28 de febrero, si bien aquellas familias que ya tengan reconocida y asignada alguna bonificación no necesitarán entregar ninguna solicitud ya que el nuevo porcentaje se aplicará de forma automática.
En el caso de que el vecino haya solicitado el pago del IBI en dos plazos, el primero de ellos vencerá el día 30 de junio, mientras que el segundo lo hará el 30 noviembre. También existe la posibilidad de solicitar el aplazamiento del IBI en seis partes, en cuyo caso las fechas de vencimiento son 30 de junio, 29 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre, 31 de octubre y 30 de noviembre.
Impuesto de Actividades Económicas
En cuanto al Impuesto de Actividades Económicas, al que no están obligadas aquellas empresas de Las Rozas cuya facturación anual no supere el millón de euros, se ha fijado un periodo de pago voluntario que abarca desde el 30 de septiembre hasta el 30 de noviembre, ambos inclusive.
En este caso aumenta la bonificación del para las empresas que apuesten por la creación de empleo indefinido y joven: para un aumento de plantilla entre el 5 por ciento y el 10 por ciento, rebaja del 10 por ciento; y del 15 por ciento si los contratados son menores de 35 años; para un aumento de plantilla entre el 10 por ciento y el 20 por ciento, rebaja del 20 por ciento o del 25 por ciento si los contratados son menores de 35 años; y para un aumento de la plantilla superior al 20 por ciento, rebaja del 25 por ciento o del 30 por ciento si los contratados son menores de 35 años.
La documentación para acogerse a las diferentes bonificaciones puede realizarse presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Las Rozas (mediante cita previa) o en la página web municipal www.lasrozas.es.
Aquellas personas que quieran solicitar el fraccionamiento de sus pagos, domiciliar sus tributos, realizar diferentes consultas o autoliquidar hasta 13 tributos y tasas municipales (ICIO, IVTM, Podas, Vados, etc.), pueden realizarlo accediendo a través de www.lasrozas.es a la carpeta tributaria.
Entre las novedades incorporadas recientemente en este apartado de la web municipal, cabe destacar la creación de un servicio de simulación de plusvalías que se ha puesto a disposición de los vecinos para que puedan realizar un cálculo aproximado de este tributo en el caso de que estén interesados.