www.masvive.com
La Fiscalía de Madrid pide 2,6 años de cárcel para el ex alcalde de Hoyo por prevaricación y un delito contra la ordenación del territorio
Ampliar
(Foto: www.masvive.com)

La Fiscalía de Madrid pide 2,6 años de cárcel para el ex alcalde de Hoyo por prevaricación y un delito contra la ordenación del territorio

Por Redacción MasVive
x
redaccionmasvivecom/9/9/17
viernes 23 de septiembre de 2022, 16:22h
Add to Flipboard Magazine.

Dos años y seis meses de prisión, así como 12 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Es lo que pide la Fiscalía Provincial de Madrid para el ex alcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras, y su entonces concejal de Urbanismo, en el juicio que comienza, según ha informado este viernes la Fiscalía en un comunicado, el próximo martes, 27 de septiembre, por un presunto delito de prevaricación y otro sobre la ordenación del territorio.

Los hechos que se juzgarán tienen su origen entre los años 2008 y 2012, cuando, según recoge el escrito de acusación, la Asociación Madrileña de Empresarios de Restauración y de la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid remitieron al Ayuntamiento de Hoyo hasta 13 escritos denunciando que había varias fincas de eventos, ubicadas dentro del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en terrenos clasificados como suelo no urbanizable de protección, que estaban llevando a cabo actividades de restauración y hostelería “sin contar con las preceptivas licencias municipales”.

Se cita en el escrito el caso de tres de estas fincas, una que contaba con una licencia municipal de 1997 para organizar “congresos, asambleas y similares” sobre la que, desde ese año, “el Ayuntamiento no ha efectuado actividad alguna de control de las vicisitudes de dicha licencia ni de la actividad, pese a que ésta se ha venido desarrollando por otras entidades a favor de las cuales no consta licencia”, así como otras dos fincas sobre las que no constaba licencia alguna.

Pese a ello, “el entonces regidor y su concejal no realizaron actuación alguna de inspección ni de disciplina urbanística respecto de los usos y actividades que se estaban desarrollando en las citadas fincas”, señalan, lo que motivó a ambas asociaciones empresariales a presentar un recurso en 2012 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 25 de Madrid, que sentenció que el Ayuntamiento debía “cesar en su inactividad” respecto a estas tres fincas.

“Está obligado a ejercer el control administrativo de las actividades de hostelería y consistente en la celebración de eventos tales como bodas y banquetes (…) Para el caso de no presentarse las licencias de actividad, de instalaciones y de funcionamiento, el Ayuntamiento procederá a ordenar el cese de dicha actividad hostelera”, señalaba aquella sentencia.

El escrito de acusación también recoge que en febrero de 2016, tras conocer ese fallo judicial, el ex alcalde de Hoyo de Manzanares procedió a dirigir los requerimientos a los titulares de las fincas para que se abstuvieran del uso de celebración de eventos “hasta tanto cuenten con las preceptivas licencias y autorizaciones, así como a recabar de la Policía Local que se proceda a comprobar el cumplimiento de dichos requerimientos”.

En cuanto a las fincas, una de ellas presentó en 2014 solicitud de calificación urbanística para la actividad de celebración de eventos, calificación que le fue concedida de forma parcial (sólo respecto de algunos de los edificios existentes en la finca) pero con determinadas condiciones. Otra de ellas presentó solicitud de calificación urbanística para “usos vinculados a la celebración de actos sociales y eventos familiares”, cuya resolución por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid “aún no consta”, aseguran.

Todos estos hechos llegan ahora a un juicio oral que comenzará el 27 de septiembre, a las 10.00 horas, en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid. La Fiscalía Provincial de Madrid pide para los dos acusados penas de prisión de dos años y seis meses, así como una multa de veinte meses (a razón de 15 euros de cuota diaria), así como inhabilitación de 12 años “para ejercer cualquier empleo o cargo público relacionados con la Administración Local o cualquier otro de tipo urbanístico”.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)
Compartir en Google Bookmarks Compartir en Meneame enviar a reddit compartir en Tuenti Compartir en Yahoo

+
0 comentarios

© MasVive · [email protected] · Tf. 649 899 955