Los beneficiarios en esta segunda línea son las personas físicas y jurídicas, calificadas de empresarios individuales, autónomos, microempresas o pequeñas empresas, con alta en el Impuesto de Actividades Económicas como actividad empresarial y comercial en fecha de declaración del primer estado de alarma, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que desarrollen su actividad en el municipio de Moralzarzal.
Los ámbitos y sectores incluidos son el comercial, incluyendo el comercio minorista de toda clase de artículos (excluidas grandes superficies, supermercados, e hipermercados), las actividades de hostelería, restauración y turismo, las relacionadas con servicios sociales y de salud; incluyéndose, centros sanitarios, veterinarios, residencias de mayores, centros de día y análogos y el sector servicios, entre otros, estaciones de servicio-gasolineras, despachos de lotería, agencias de viajes, inmobiliarias, servicios educativos, deportivos etc, con excepción de actividades de construcción.
Para acceder a la convocatoria, la actividad debe ser presencial o de apertura al público y haber quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas modificaciones y prórrogas. En defecto de lo anterior, establecimientos abiertos al público por ser considerados servicios esenciales, que hayan tenido gastos extraordinarios derivados de la adopción de medidas preventivas o de contención de la pandemia COVID. También establecimientos abiertos a fecha de convocatoria que hayan tenido gastos extraordinarios que hayan generado o generen perdida en su facturación hasta el 31 de diciembre del año en curso.
El importe de la ayuda asciende a la cuantía fija de 1.000 euros por solicitante que cumpla los requisitos de la convocatoria. En relación a las actividades de hostelería y restauración que hayan sido beneficiarias de la exención de la tasa por ocupación de suelo con terrazas, la cantidad máxima a percibir se verá minorada por el importe estimado por la tesorería municipal de dicha exención. Todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.
Las solicitudes pueden presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Moralzarzal, a la que se puede acceder con certificado digital, DNIe o clave Pin 24H, hasta el 29 de diciembre.