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La Comunidad de Madrid mantiene las restricciones de movilidad una semana más en Moralzarzal, Alpedrete, Collado Villalba, Galapagar, Majadahonda y El Boalo
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(Foto: Comunidad de Madrid)

La Comunidad de Madrid mantiene las restricciones de movilidad una semana más en Moralzarzal, Alpedrete, Collado Villalba, Galapagar, Majadahonda y El Boalo

Por Redacción MasVive
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redaccionmasvivecom/9/9/17
viernes 20 de noviembre de 2020, 14:20h
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La Comunidad de Madrid ha anunciado que se mantienen una semana más, hasta el 30 de noviembre, las restricciones de movilidad en las localidades de Moralzarzal, Alpedrete, Collado Villalba, Galapagar, El Boalo y Majadahonda. Así lo han comunicado hoy en una comparecencia el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas.

Esta decisión se ha adoptado, ha explicado Elena Andradas, una vez revisada la situación epidemiológica en estas y otras zonas básicas de salud de la Comunidad de Madrid, y tras la decisión de rebajar el umbral de 500 a 400 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días para intervenir con limitaciones extraordinarias. En estos momentos la incidencia acumulada a 14 días en la Comunidad de Madrid ya se sitúa por debajo de los 300 casos. En Collado Villalba se sitúa en 406,73, en Galapagar en 444,45, en Moralzarzal en 583,45, en Alpedrete en 445,97, en Majadahonda 377,30 y en El Boalo en 572,72.

Además, hoy se ha anunciado que se decretará el cierre perimetral de toda la región durante diez días coincidiendo con el próximo Puente de la Constitución, desde las 00.00 horas del viernes 4 de diciembre hasta las domingo 13 de diciembre, incluido.

Para tomar esta decisión, la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad ha tenido en cuenta la movilidad que registra la región, tanto de salidas como de entradas de ciudadanos procedentes de todas las comunidades autónomas, en un puente especialmente marcado por las compras previas a las Navidades. El cierre se aprobará por Decreto de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y será publicado en los próximos días en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Restricciones

Hay que recordar que en los municipios en los que se han decretado restricciones de movilidad los ciudadanos pueden desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros del área afectada, para lo que ya hay dispositivos de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados. Además, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región (por regla general al 50 por ciento) y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso público.

Estas medidas, no obstante, se acompañan de un refuerzo de la prestación asistencial y de la vigilancia epidemiológica en estos núcleos de población, intensificando la detección activa de casos y contactos estrechos mediante un incremento en la realización de pruebas diagnósticas. También se potencia la colaboración con los municipios para el desarrollo de acciones conjuntas de información y mediación con la población vulnerable a través de los dispositivos socio-asistenciales; y se procede a la notificación y control del cumplimiento de aislamientos y cuarentenas con el apoyo de la policía local u otros cuerpos y fuerzas de seguridad.

En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido además la limitación de movimiento entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06.00 horas y deberán cerrar a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00.00 horas.

Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50 por ciento. Además, está suspendido el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50 por ciento son un 75 por ciento en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40 por ciento en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75 por ciento, los establecimientos comerciales con el 75 por ciento y los centros de formación no reglada, al 75 por ciento.

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