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La Comunidad recuerda el peligro de bañarse en zonas no autorizadas

viernes 13 de julio de 2018, 18:43h
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-La Comunidad de Madrid cuenta con el reconocimiento de la Unión Europea de cuatro zonas naturales aptas para el baño conforme a los análisis y calificación de aguas que efectúa la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, que acreditan estos espacios de recreo con condición de alta salubridad y seguridad. La temporada de baño está autorizada hasta el 15 de septiembre.

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, es la entidad competente en vigilar la calidad del agua mediante la inspección, el análisis, la calificación de las zonas aptas para el baño y la información al ciudadano. Las zonas de baño autorizadas para el baño en la región son Los Villares (Estremera); el Embalse de San Juan (San Martín de Valdeiglesias), que
cuenta con dos puntos de muestreo y con clasificación de excelencia en sus aguas; la Playa de Alberche (Aldea del Fresno); y, por último, las Presillas (Rascafría), con denominación de agua buena.

Durante esta temporada se efectuarán 45 inspecciones y análisis del agua, a través de los técnicos de la Subdirección General de Sanidad Ambiental, en los cinco puntos de muestreo de las zonas de baño naturales para descartar posible contaminación microbiológica. Los análisis se efectúan en el Laboratorio Regional de Salud Pública. Por otra parte, los ayuntamientos tienen la
competencia de señalizar e informar de la prohibición del baño a los posibles usuarios.

Asimismo, la Consejería de Sanidad, a través de la web http://www.comunidad.madrid/servicios/salud/zonas-bano, proporciona al ciudadano información de la calidad del agua de las zonas de baño, y, en su caso, de su playa de recreo, basada en los resultados de la inspección y análisis del agua.

Sanidad recuerda que puede resultar peligroso para el bañista acudir a zonas de baño no autorizadas por la posibilidad de que el agua cuente con microorganismos nocivos para la salud o por el riesgo de ahogamiento. Insiste, además, en la conveniencia de protegerse del sol, usar siempre protectores (especialmente en el caso de niños), y entrar paulatinamente en el agua, sobre todo después de tomar el sol. También aconseja beber suficiente líquido y no abusar de las bebidas alcohólicas, mantener la playa y el entorno limpio, usar las papeleras y ducharse tras finalizar el baño.


REQUISITOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Atendiendo a las directrices europeas, para calificar una zona de baño natural como tal debe contar con buena calidad del agua y afluencia de bañistas y estar dotada de las instalaciones correspondientes. Cada año, la Consejería de Sanidad procede a su calificación en función de los muestreos realizados, que remite al Ministerio de Sanidad, y este a su vez, a la Comisión Europea. El Ministerio cuenta con un Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño (Náyade) como herramienta informática para la gestión en información de la calidad del agua en las comunidades autónomas y demás organismos.

Las aguas de baño están reguladas en la Unión Europea desde la década de los ochenta. Actualmente, la normativa vigente es la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo.

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