20 de abril de 2024, 11:31:07
Collado Villalba


Medidas fiscales para afrontar las consecuencias del coronavirus

Por Redacción MasVive


El Ayuntamiento de Collado Villalba, dentro de su ámbito de competencias, ha anunciado la puesta en marcha de una serie de medidas fiscales para paliar los efectos económicos causados por la pandemia del coronavirus, dirigidas a las familias, comerciantes y empresarios de la localidad.

“Algunas de estas medidas se pondrán en marcha con efecto inmediato y otras será necesario una modificación de la ordenanza, que se deberá someter a aprobación en sesión plenaria”, ha explicado el concejal de Hacienda, Miguel Aisa. Según explican, “con carácter inmediato” se va a proceder a modificar el calendario fiscal del presente año 2020, retrasándose un mes, tanto el inicio como el final, el periodo de pago de diversos tributos.

El calendario fiscal quedará del siguiente modo:

• Tasa por Instalación de quioscos en la vía pública: desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio.

• Tasa por Recogida de Basuras: desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio.

• Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos: desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre.

• Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos: desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre.

• Plan de Vencimientos Especiales (PVTESP):

Segundo plazo: 15 junio.

Tercer plazo: 15 octubre.

De igual modo, se informa que los precios públicos que se giran por las diferentes actividades que presta el ayuntamiento, en caso de no poder prestarse el servicio, o bien no se cargará en cuenta, o bien, se devolverá el importe del mismo.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Además, el equipo de Gobierno llevará una propuesta al pleno para que se apruebe de manera transitoria una modificación del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), a fin de aplicar en el presente ejercicio una bonificación de hasta un 50 por ciento. Esta medida irá destinada a aquellos comerciantes y empresarios que se encuentren dentro de los sectores más afectados y que hayan visto reducir su volumen de negocios: hostelería, restauración, sector de la automoción, turismo, sectores dedicados a la formación, gimnasios… También estará indicada para los sectores del I+D+I.

Además, han informado de que de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alama para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, todos los plazos administrativos se encuentran en suspenso. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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