29 de marzo de 2024, 9:54:06
Comunidad de Madrid


Desde este sábado cierran bares, restaurantes y todos los servicios que no sean básicos

Por Mabel Cazorla


El Ejecutivo madrileño, reunido este viernes en Consejo de Gobierno extraordinario, ha aprobado nuevas medidas en el marco de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19). Todas entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas de este sábado, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

A través de la Consejería de Sanidad se ordena la suspensión de la actividad en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de los espectáculos públicos, actividades recreativas, locales, establecimientos y comercios minoristas.

Con el objetivo de garantizar los suministros de productos básicos y de alimentación a la población, podrán seguir abiertos con normalidad los comercios minoristas de alimentación, de venta de productos de primera necesidad y supermercados, entre otros. “Esta medida, provisional y que, de momento, estará vigente hasta el 26 de marzo se adopta también al objeto de facilitar el distanciamiento social al persistir un riesgo inminente y extraordinario para la salud de la población”, han indicado en un comunicado.

Cerrados bares, restaurantes y establecimientos de ocio

Esto supone el cierre, entre otros, de todos los establecimientos hosteleros (bares de copas, restaurantes, bares, etcétera), cines, teatros, discotecas, salas de exhibiciones, salas de conciertos, auditorios y salas de exposiciones. También están afectados por esta medida gimnasios, locales o recintos deportivos cerrados, los destinados a la práctica deportiva de uso público, casinos, salones de juego, locales específicos de apuestas y salones recreativos. También parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares.

En el caso de cafeterías, bares y restaurantes permanecerán cerradas al público pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio. Desde Sanidad recuerdan que “la permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria y en todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios”. El cierre no afecta a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros o en el interior de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos.

Alimentación y farmacias, servicios básicos

Los únicos establecimientos que podrán permanecer abiertos serán los comercios minoristas de alimentación y primera necesidad: fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros. En el caso de las grandes superficies solo podrán abrir la zona habilitada con este tipo de servicios.

Asimismo, podrán permanecer abiertas las tiendas de informática, de audiovisuales, las papelerías, los comercios de productos de higiene, las tiendas de animales de compañía o los comercios por correspondencia o Internet, entre otros.

Centros de la Comunidad de Madrid

Esta clausura se aplicará también a todos los servicios de la Comunidad de Madrid, incluidos albergues juveniles, centros de formación, etcétera, y se suspende la actividad presencial en todas las oficinas y puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como en los registros públicos de la Administración regional, oficinas de gestión tributaria, Oficinas de Empleo y de Trabajo, entre otras. Los escritos, las solicitudes y el resto de comunicaciones dirigidas a la Administración se podrán presentar por medios telemáticos a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid, pero para garantizar la seguridad jurídica necesaria y no perjudicar los intereses de los ciudadanos, el Consejo de Gobierno ha declarado como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo, ambos inclusive, a efecto de cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La información y la atención al ciudadano se mantendrá hasta el 26 de marzo a través de los canales del servicio 012 y de la página web comunidad.madrid.

Activado el Plan Territorial de Emergencias, PLATERCAM

Por otro lado, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital han activado hoy el Plan Territorial de Protección Civil (PLATERCAM). El objetivo de esta decisión es dar respuesta de manera coordinada y eficiente a la crisis del coronavirus tanto en materia de seguridad como de protección civil.

La activación del PLATERCAM supone poner al servicio de la autoridad sanitaria todos los recursos operativos y de protección y cumplir con las órdenes decretadas por dicha autoridad. Se evita así la propagación del virus y se refuerzan las medidas de prevención ante cualquier riesgo inminente y extraordinario que ponga en peligro la salud de la población.

Para ello, se ha activado un Comité Técnico permanente que, bajo la dirección de la autoridad sanitaria y coordinado por la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, estará integrado por la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas; la Consejería de Presidencia; la Consejería de Sanidad; Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad; la Consejería de Vivienda y Administración Local; la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras; la Delegación del Gobierno y el Ayuntamiento de Madrid.

Se trata, por tanto, de coordinar la acción de la autoridad nacional, regional y municipal que se disponga en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, asegurar la prestación de los servicios críticos de seguridad y emergencias y la coordinación con todos los municipios de la región y otras comunidades autónomas.

Además, se habilita un Centro de Coordinación (CECOR) con presencia del SUMMA, SAMUR, Cruz Roja, Guardia Civil, Policía Nacional y enlaces con el resto de servicios de seguridad y emergencias.

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